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Ejercer de policía fiscal para poder deducirte el alquiler

Post-respuesta-vivienda

Primero fue Hacienda, y ahora es la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía la que se lava las manos ante mi reclamación por el derecho a beneficiarme de la deducción por alquiler de vivienda habitual sin tener que acreditar el depósito de fianza. ¿El motivo? Pasan la bola: “No podemos resolver el tema ya que es competencia de la Consejería de Hacienda“. Y sin embargo, no han desaprovechado la ocasión para defenderse.

La sorpresa me la llevé yo en octubre: un requerimiento de la Agencia Tributaria en el que se me exigía la acreditación del depósito de fianza al que está obligado el propietario, algo imposible para mí. Pero sé que no estoy solo. La lógica dicta que si toda una Consejería de Vivienda aconseja a los usuarios que declaren aunque no pudieran acreditar este depósito, hayamos sido muchos los que lo hicimos.

Yo hice la fianza en 2008 y mi arrendador no la pasó por la Junta. En la declaración se me aplicó la deducción (la hice en las propias oficinas de la Agencia Tributaria) y ahora me la han revisado y me reclaman que lo justifique o me toca pagar… no tiene sentido nada.

Elisa, lectora de JuanBlan.co

Captura-de-pantalla-completa-18102012-175557Hacienda considera que la información de la web de Fomento y Vivienda “no es vinculante”, y esta última, que no es de su competencia, sino de la Consejería de Hacienda y Administración Pública. Y para allanarme la batalla a la que me derivan contra el fisco andaluz, la respuesta viene cargada de joyas:

Por otra parte, comentarle que la información a la que vd alude y que se contenía en nuestra página web, hoy inexistente, aunque el último párrafo relativo a relaciones con la Hacienda Pública pudo inducirle a error, también es cierta la claridad absoluta del párrafo anterior, que literalmente exponía la siguiente obligación de la persona arrendataria: ” … tienes que acreditar la constitución del deposito obligatorio de la fianza y tener un contrato de arrendamiento legal en el que aparezcas como titular o cotitular del mismo ……….. ”

Dirección general de Vivienda de la Consejería de Fomento y Vivienda

No sólo faltan a la verdad al decir que la información es “hoy inexistente” -algo comprobable al alcance de un clic-, sino que reconocen que el párrafo puede inducir a error. Y para colmo, pecan del mismo fallo que Hacienda en su respuesta: interpretan que es el arrendatario quien tiene que demostrar que un tercero está cumpliendo con sus obligaciones fiscales para poder aplicarse la deducción. Ciudadanos ejerciendo de policías fiscales.

Como bien apunta Hackbogado, ”hace mucho tiempo ya que las leyes son una tomadura de pelo”:

Ésta, en concreto, porque en vez de pedirte que si no acreditas lo de la fianza, acredites la relación contractual por otro medio, es un engaño: le impone al arrendatario que “acredite” una obligación de un tercero, el arrendador. ¿Y si el arrendador no quiere? ¿Cual es el hecho determinante, la fianza, o que yo pago un alquiler por una vivienda?

08

01 2013

Los consejos de la Junta para favorecer el alquiler no son vinculantes para Hacienda

Como era de esperar, Hacienda se lava las manos y evita salpicar a la Junta de Andalucía con un simple “no es vinculante”. Ésta es la respuesta ofrecida por la Agencia Tributaria ante mi defensa del derecho a beneficiarme de la deducción por alquiler de vivienda habitual pese a no acreditar el depósito de fianza, tal como sigue aconsejando la propia Consejería de Fomento y Vivienda.

No deja de ser sorprendente que Hacienda reconozca que “sea el arrendador el obligado al depósito” de la fianza y, sin embargo, corresponda al arrendatario “asegurarse del cumplimiento de todos los requisitos para la aplicación de la deducción”. Esta labor, más propia de la policía fiscal o de los técnicos de la Agencia Tributaria, se le atribuye de esta manera al declarante porque “és (sic) este último el beneficiario del posible beneficio (sic) fiscal”.

Esta situación tan rocambolesca, en la que son los contribuyentes los que han de velar porque terceros cumplan con la ley para poder beneficiarse de la misma, sería equiparable a que un recién desempleado no pudiera cobrar el subsidio por no haber demostrado que el empresario esté al corriente en el pago de sus cuotas de la Seguridad Social.

De hecho, el artículo 7.b del Decreto Legislativo 1/2009, de 1 de septiembre, al que alude Hacienda, no  menciona en ningún momento en quién recae la obligación de acreditar este requisito:

Que se acredite la constitución del depósito obligatorio de la fianza a la que se refiere el artículo 36 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, a favor de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de acuerdo con la normativa autonómica de aplicación.

La propia Junta de Andalucía en la redacción de este apartado opta por el impersonal “Que se acredite [...]“, mientras los siguientes c. y d. arrancan con la formulación “Que el contribuyente [...]” y precisan claramente cuál es la parte obligada a acreditar. En tal caso, la responsabilidad subsidiaria debe correr por cuenta de la Administración, que es la que, por lógica, debe velar por el cumplimiento de la normativa.

Ahora la pelota está en el tejado de la Consejería de Fomento y Vivienda. La Junta ahora tiene dos opciones: demostrar a Hacienda que está equivocada y resarcir así a los numerosos perjudicados por esta incidencia, o corregir la información de su web y reconocer haber inducido a error a muchos jóvenes andaluces que, como este periodista, nos guiamos por su información a la hora de presentar nuestra declaración anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Porque a la administración andaluza no le conviene olvidar que el artículo 4 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, establece que la información que facilite debe ser “clara y sucinta”, suministrada “por el medio más claro para su comprensión” y que, sobre todo, “no originará derechos ni expectativas de derecho”.

11

11 2012

El Nuevo País

Ningún medio de comunicación pretende salir de la crisis económica despidiendo a 129 personas, como ningún país busca hacer lo propio facilitando el despido. Tanto el empresario, en el primer caso, como el gobernante en el segundo, saben bien que los motores no funcionan sin combustible, y que los motivos reales para poner palos en las ruedas son bien distintos de los de seguir adelante.

El País fue el periódico de la Transición, y ahora que cada vez son menos los que cuestionan que fue nuestra entrada a la democracia fue completamente deficitaria, parece que sus propietarios han optado por tirar la toalla y dejar de defender el proceso post franquista a su manera: dejando que el periódico muera por inanición. Lo siento enormemente por los compañeros despedidos. Mucho me temo no serán los únicos. No se trata de una nueva transición, en este caso, al formato digital. Prisa hace mucho que dejó de creer en su buque insignia.

Ahora sólo queda que seamos los ciudadanos los que tomemos conciencia de la gravedad de la situación y nos lancemos a forjar un verdadero sistema de convivencia, esta vez sin trucos. La muerte anunciada de El País atestigua el pinchazo de la burbuja de una Transición que nunca lo fue del todo. Gracias a sus periodistas por dejar por escrito este pedazo de historia. Nos toca escribir la nuestra, y necesitamos de vuestra perspectiva para hacerlo. Si os dejan. El Nuevo País suena bien.

11

11 2012

La Junta contradice a Hacienda y aconseja declarar el alquiler pese que no se acredite el depósito de fianza

“Dado que es el propietario de la vivienda quien debe depositar la fianza en un órgano competente y entregarte un certificado que acredite su cumplimiento, de no hacerlo podrás igualmente beneficiarte de la deducción que te corresponda.

Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía

Éste es el mensaje por el que muchos jóvenes andaluces como este periodista nos guiamos en su día a la hora de presentar nuestra declaración anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Ahora, algunos de los que confiamos en esta recomendación de toda una institución andaluza nos encontramos con la desagradable sorpresa de recibir un requerimiento de la Agencia Tributaria en el que se nos exige la acreditación del depósito obligatorio de la fianza al que se refiere el artículo 36 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos. ”Declárala a Hacienda“, aconseja todavía la web de la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía.

 ”A la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico, en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de dos en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda”.

Artículo 36 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos

“Nosotros sólo podemos aplicar la ley”, justifican desde la delegación territorial de Hacienda en Sevilla. Pero la normativa autonómica que concreta ese acto de depósito de fianza señala que están obligados a constituir el depósito correspondiente “los arrendadores de fincas urbanas que se destinen a vivienda o a usos distintos del de vivienda”, y no los arrendatarios. “La ley es contradictoria”, reconocen los funcionarios de la sede hispalense, “pero me temo que te van a descontar la parte correspondiente de la devolución”.

“Están obligados a constituir el depósito correspondiente: a) Los arrendadores de fincas urbanas que se destinen a vivienda o a usos distintos del de vivienda. b) Las entidades suministradoras de los servicios de agua, gas y electricidad”.

Artículo 82 de la ley 8/1997, de 23 de diciembre, por la que se aprueban medidas en materia tributaria, presupuestaria, de empresas de la Junta de Andalucía y otras entidades, de recaudación, de contratación, de función pública y de fianzas de arrendamientos y suministros

Ante esto, lo único que nos queda a los perjudicados es la opción de formular nuestras alegaciones y denunciar esta situación ante el registro oficial de la Agencia Tributaria. De obtener una respuesta negativa o no satisfactoria, siempre se puede tramitar una denuncia administrativa ante la propia Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta, acudir al Defensor del Contribuyente, o incluso al del Pueblo Andaluz. Y, por supuesto, no dejar pasar por alto la denuncia pública.

24

10 2012

Los recortes y la obediencia debida

La Junta de Andalucía obedece órdenes del Gobierno de España cuando aplica sus recortes. El Ejecutivo obedece órdenes de Europa al darle a la tijera. Y Europa ordena hacer estos recortes ante el “desafío” que plantean los mercados.

“El hecho de que una persona haya actuado en cumplimiento de una orden de su Gobierno o de un superior jerárquico no la exime de responsabilidad conforme al derecho internacional, si efectivamente ha tenido la posibilidad moral de elegir”.

Principio IV del derecho internacional reconocido en la carta del tribunal de Núremberg y en los juicios de Núremberg (1950)

04

09 2012

La acampada del 1%

@juanblan

@juanblan

Durante mi último viaje a Madrid en el inaccesible AVE, tuve la oportunidad de echarle un ojo a un periódico adaptado perfectamente a ese entorno de corbatas y trajes caros: La Razón. Y como ya entonces comenté, me pareció extraño encontrar más de dos páginas enteras llenas de convocatorias a juntas de accionistas de sicavs con un mismo nexo en común: todas ellas se celebran del 21 al 26 de junio próximo en el 5º A del 42 de la madrileña calle Ayala. Es decir, la sede de la sucursal española del Banco de Crédito Suizo.

Para saber qué es una sicav, es necesario primero conocer qué debería ser. Una buena definición la dio en Público Francisco de la Torre Díaz, portavoz de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE):

“Una sicav, sociedad de inversión de capital variable, es –o mejor dicho, debería ser– una Institución de Inversión Colectiva, cuya finalidad es la inversión en los mercados financieros. Tiene requisitos mínimos de capital y, sobre todo, debe contar con 100 inversores como mínimo (por eso debería ser colectiva). Por esa razón, goza del régimen de instituciones de inversión colectiva: tributación al 1% y después al 18% sobre los dividendos o ganancias de capital cuando el inversor retira el dinero”.

Pero la realidad es la que es:

“En la práctica, las sicav se utilizan exclusivamente para la gestión individual de carteras de grandes patrimonios [...]. La pregunta que inmediatamente le surgirá al lector es cómo se transforma una institución de inversión colectiva en gestión individual de carteras. La respuesta es sencilla: introduciendo 100 inversores, que realmente no invierten; teniendo el control absoluto una sola persona o, como mucho, un grupo familiar. En el argot financiero, a estos inversores ficticios se les conoce como mariachis. Se les llama así, parafraseando la ranchera: Con dinero y sin dinero, yo hago siempre lo que quiero y mi palabra es la ley…“.

Ante la injusticia de que una sicav tribute al 1%, en lugar de al 30% que le correspondería como sociedad anónima, o al 18% como renta del capital, me pareció conveniente contar algo más acerca de esta acampada del 1% que aspira a ocupar con más de 2.000 personas en total la sede del Banco de Crédito Suizo a lo largo seis días. #Occupysicav, #Sicave1caben30. Incluso me preocupé de elaborar un horario con las 22 reuniones que se celebrarán de 9 a 19 durante esta semana, y me pareció extraño que en sólo una hora pudieran dispensar todos los puntos de un orden del día que estimaba complejo. Pero nada más lejos de la realidad.

Sólo con dar un primer rasguño a golpe de buscador, pude toparme con facilidad con las cuentas de 2010 de la primera sociedad gestionada por el Banco Suizo que celebrará su junta por escrupuloso orden alfabético: Abisal 72. Se trata de una sicav que mantenía en 2010 una deuda con la administración pública por valor de 57.116,16 euros como concepto de impuesto de sociedades (por un patrimonio que superaba en 2010 los 16 millones de euros).

Uno podría pensar que es hasta cierto punto comprensible que sus 105 accionistas (5 más de los que exige la ley) no debieran hacer frente a demasiados tributos al tratarse de una casi inocente sociedad de inversión colectiva. Sin embargo, su propio informe aclara que:

“Al 31 de diciembre de 2010 existían dos accionistas (personas físicas) con participaciones significativas superiores al 20% del capital en circulación de la sociedad que ascendían en su totalidad al 98,43% de dicho capital”.

Esto vendría a significar que 103 de los 105 accionistas de una sociedad que vale más de 16 millones de euros poseen el 1,57% de la misma. En la práctica, dos señores muy ricos están tributando por sus ganancias un 1%. Las carreteras por la que conducen sus lamborghinis están pagadas por los tontos del capirote que tributamos al 30%. Ojo, y la señora que se hizo una estación de AVE propia para ella y su familia nos quiere hacer pagar otra vez por ellas.

Tras el disgusto de descubrir que esto sucedía prácticamente con las 22 sociedades anunciadas en La Razón, cometí el error de dirigirme a la propia página del Credit Suisse, donde el banco se jacta de gestionar un total de activos “superior a 2.000 millones de euros” y “más de 140 sicavs”. Como no me pareció suficiente, decidí abrir una pestaña más con la página de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), donde se constata que actualmente existen más de 3.000 sociedades de este tipo. Y ahora, multipliquen.

Por la salud de mis ojos, finalmente he decidido cerrar las pestañas y cerrar las pestañas. Podría haber tratado de elaborar sin éxito un sesudo análisis lleno de conclusiones indignantes, pero creo que es algo mucho más acertado y sintético, y me ahorrará muchísimo tiempo, limitarme a decir que estamos siendo víctimas de un engaño masivo que consentimos cada día.

No seré yo quien convoque absolutamente ninguna protesta en ningún sitio con las cacerolas que nos regalaron por domiciliar nuestra nómina retenida al 30%. Pero hay un periódico, La Razón, que dice en sus páginas que a partir del jueves 21 de junio se celebra en Ayala 42 (Madrid) una serie de reuniones a las que no estamos invitados el 99% de los que no tributamos al 1%.

19

05 2012

Montoro y el sacrificio del primogénito

Este mediodía he escuchado atento la radio, pendiente de las reacciones políticas ante una debacle económica que nos enfila hacia el ocaso del celtic lynx. En éstas estaba cuando el ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, respondía molesto a las dudas que actualmente se ciernen sobre España.

Imagen: Andrea del Sarto / Artelista.com

Imagen: Andrea del Sarto / Artelista.com

“Cuando un país está haciendo lo que hay que hacer para recuperar la credibilidad de país y del euro merece un respeto”, dice.

Ha sido entonces cuando he comprendido la convicción que Montoro rezuma en sus actos. Tanto, hasta el punto de que equipararía su situación con la del personaje bíblico Abraham cuando le fue encomendada la misión de desprenderse de su primogénito, aquél que tanto le había costado ver nacido.

El Gobierno -nuestro padre- ha recibido el designio del todopoderoso dios mercado-Merkel, de tener que matar al hijo que tanto deseaba: la gobernanza de todos nosotros; las competencias sobre la educación o la sanidad. Y las recorta por designio divino, porque al igual que Abraham, tiene que cargarse lo que más quiere porque “hay que hacer lo que hay que hacer“.

En el caso del personaje bíblico, no se puede discutir por qué su dios decidió que intentara matar a un ente externo como su hijo en un acto de fe, puesto que sólo contamos con la Biblia como testimonio para corroborar lo mucho que sufrió por ello.

En cambio, en el caso de Montoro, cabría preguntarse si le dolería más -como me consta que le duele- intentar matar al hijo que somos todos, o cortarse una pierna (o su sueldo) si así lo desease Herr Merkel. Lástima que hoy dispongamos de más biblias que La Razón.

16

05 2012

El periodismo, excluido del “trabajo decente” por la OIT

Imagen de María José Pacheco

Imagen de María José Pacheco

¿Cuánto puede costar la cobertura informativa de un evento internacional en Ginebra? Para la Organización Internacional del Trabajo (OIT), “ los gastos de pasajes de avión y alojamiento”. Y punto.

“La Organización Internacional del Trabajo (OIT) ofrecerá a cinco jóvenes periodistas o bloggers la oportunidad de promover y cubrir el Foro de Empleo Juvenil que tendrá lugar en Ginebra del 23 al 25 mayo de 2012″.

A cambio, los cinco elegidos no sólo verán pagado su transporte y almacenamiento, sino que tendrán la “oportunidad única” de escuchar las historias de más de 100 jóvenes, hombres y mujeres de todo el mundo “que participan activamente en la promoción del trabajo decente para los y las jóvenes”.

Bueno, a lo mejor también hay que cubrir el foro “a través de los medios sociales” (community manager), y con “artículos, entrevistas y otros medios pertinentes” (periodista). “Ellos se encargarán de informar a sus respectivas comunidades, locales y regionales, así como a redes y organizaciones”.

Si es que la OIT, cuando se pone a hablar del trabajo decente para los jóvenes, se pone.

18

04 2012

#OpEuribor, transparencia y WhatsApp

Hace poco más de una semana, lanzaba al viento que había recuperado las ganas de luchar por un mundo más justo. Tras la expectación levantada y días de tensión y duro trabajo, hoy por fin podemos dar fe de que la operación Euríbor ha sido todo un éxito: trending topic local, portada en Menéame y hasta un reportaje en la edición dominical de El País.

Precisamente este último ejemplo es el que da fe de una realidad que es la que denunciamos desde #OpEuribor: la falta de transparencia en aspectos clave que nos afectan a todos. En especial, me llaman la atención un par de párrafos:

Este periódico se puso el viernes en contacto con un portavoz de Thomson Reuters en Londres, que declaró por teléfono que la información que ofrecen los bancos para calcular el euríbor es “confidencial”. Y dijo que para conocerla habría que hablar con cada uno de los bancos.

Por eso es tan importante en la actualidad la figura del periodista. Los que bebemos de las redes autocomunicativas estamos ya curados de espanto y solemos mantenernos en guardia ante informaciones que nos llegan de una sola fuente, pero con la labor de contraste ejercida por Joseba Elola, los lectores ajenos a la red tendrán ahora constancia de que esa transparencia no existe. Pague usted la hipoteca, pero no pregunte por qué. Pero lo del siguiente párrafo es de traca:

Cédric Quemener, director de EBF-Euribor, Federación de Banca Europea que supervisa los datos que le ofrece Thomson Reuters, declara en conversación telefónica que la repetición de los datos es absolutamente natural porque se trata de un mercado muy estable. “Las manipulaciones del euríbor son prácticamente imposibles”, sostiene. “Nos guiamos por un estricto código de conducta. No nos dedicamos a mantener reuniones secretas para fijar los tipos”.

Absolutamente natural. Prácticamente imposibles. Estricto código de conducta. Esto último ya me suena. Pero ya con lo de las reuniones secretas me entra la risa. ¿Quién se iba a creer eso, si ya existe el WhatsApp?

27

02 2012

#OpEuribor 2: ¿Sabes qué es el Euribor? (#Eleuriborsonlospadres)

La información, tu derecho. La transparencia, su obligación.

http://www.opeuribor.es/

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02 2012